El pasado día 31 de marzo de 2.019, finalizaba el plazo para que los trabajadores dentro del régimen de autónomos, pudieran optar por una mutua de accidentes de trabajo para la cobertura tanto de enfermedad común como de accidentes de trabajo.
Sin embargo, hay trabajadores autónomos que no ejercieron dicha opción, por lo que ahora inspección de trabajo está enviando cartas a los que siguen con las coberturas con el INSS, ya que la no realización de dicha opción puede suponer una sanción calificada como leve, con imposición de sanciones entre 60 € y 625 €.
Para poder realizar la opción por una mutua de accidentes, hay que rellenar el impreso TA-521, que se encuentra en la página web de Seguridad Social.